LAS COMUNIDADES DE VECINOS CLAMAN CONTRA LOS BANCOS QUE NO PAGAN POR LOS PISOS EMBARGADOS.

May 2, 2018
David Espuelas Solana


El 7% de los edificios sufren las deudas de entidades bancarias que no asumen los gastos mensuales

Para cobrar hay que recurrir a la justicia, que siempre da la razón a los residentes afectados

Resultado de imagen de VIVIENDAS EMBARGADAS

La pesadilla que suele afrontar una finca de vecinos donde un piso es embargado por un banco es doble. Por si no bastase con las frecuentes ocupaciones ilegales, hay que añadir la desfachatez de las entidades bancarias que en muchos casos no cumplen con su obligación de abonar los gastos de comunidad mensuales. En muchos edificios el resto de vecinos de la finca se ven obligados a avanzar -con suerte, solo provisionalmente- los pagos cotidianos y derramas que no abona el deudor. En España, según los últimos datos (2016), se calcula que el 7% de las comunidades están afectadas por impagos de un banco moroso. Una cifra que el Col·legi d'Administradors de Finques de Barcelona i Lleida hace extensible al panorama barcelonés. La única buena noticia es que la justicia siempre da la razón a los vecinos afectados.

Son casos, además, que suelen acumular deudas considerables, de tres ceros. Porque lo habitual es que alguien desahuciado por impago de una hipoteca lleve muchos meses también sin abonar la cuota de los gastos de la comunidad. Y cuando el banco se hace con la titularidad de la vivienda es tristemente común que la ya abultada cuenta pendiente de liquidar siga creciendo hasta que se interpone una demanda civil


"Si el moroso es un banco, los vecinos se cabrean muchísimo"



La casuística es variada, pero suceden paradojas cotidianas. Como que un propietario tuviera alquilado su piso y que tras el embargo por no afrontar la hipoteca, el banco comunique al inquilino que puede seguir pagando la mensualidad a la entidad bancaria, pero sin pasar a asumir esta los correspondientes gastos comunitarios. Un afectado cuenta cómo en su bloque, junto a la avenida Meridiana, en Barcelona, son solo seis vecinos pero la acumulación de una deuda de casi 3.000 euros les ha obligado a adelantar un dinero que no les correspondería asumir y que les supone un gran esfuerzo económico.

Problema grave

A la espera de que se publique el nuevo Observatorio de Morosidad del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España, los datos acumulados revelan que tras un periodo negro durante la crisis, la tendencia de los últimos dos años es de descenso de la morosidad de las entidades financieras. No obstante, sigue siendo "un problema muy grave, especialmente para las comunidades pequeñas", explica Lorenzo Viñas, gerente del colegio profesional en Barcelona y Lleida. "Cuando la deuda es de un particular se soporta algo mejor por parte del resto de vecinos, pero cuando se trata de un banco -sin problemas de solvencia- se genera más enfado", relata.

Y es que en la provincia de Barcelona el volumen de la deuda pendiente de cobrar por las sufridas comunidades de vecinos ascendió en el 2016 a 191 millones de euros, de los que 37,5 millones eran responsabilidad de bancos. En Catalunya, el saldo negativo de las entidades financieras fue de 51,7 millones. Son pocos los casos en que una entidad financiera se queda una propiedad y se presenta al correspondiente administrador de la finca para identificarse y ejecutar los pagos mensuales. En el resto de los casos, comienza una batalla de comunicaciones y requerimientos que suelen acabar con una denuncia. 

Viñas se congratula de que los jueces fallen por norma a favor de los vecinos, pero esto supone meses de espera. En muchos casos se penaliza a los bancos también con las costas judiciales. Esa falta de responsabilidad de los bancos al menos acaba en pago, que también puede producirse si la entidad vende el piso, ya que el notario exigirá un certificado conforme está al corriente de las cuotas y eventuales derramas de la comunidad, a no ser que el comprador asuma su subrogación.

Los últimos cambios legislativos favorecen a los vecinos, ya que el titular de la vivienda debe responder del periodo en que la propiedad está a su nombre, más un máximo de cuatro años de deudas previas. El colegio recomienda poner la demanda tan pronto el banco registra el piso a su nombre para agilizar el cobro. Por razones obvias, los bancos desembolsan el montante en cuanto hay una condena, ya que si no se dictaría un embargo.

Viñas puntualiza que lo más exasperante de estos casos es dar con un interlocutor. Hay que averiguar la entidad financiera propietaria, dar con un responsable y enviar un requerimiento fehaciente de pago. Armarse de paciencia y cruzar los dedos para que no surja una obra urgente en la finca o algo que obligue a una derrama cuantiosa, donde los residentes tendrán que avanzar el dinero.

En cuatro de cada 10 fincas hay vecinos morosos

El 39,8% de las comunidades de vecinos cuenta con un moroso o más. Entre estos casos figuran residentes insolventes, impagadores vocacionales... En los casos de personas que han perdido todos sus bienes o se han quedado sin ingresos, el cobro de la deuda puede ser misión imposible, ya que no hay bien alguno que embargar. Si la deuda se inscribe en el registro de la propiedad, cabe la posibilidad de acabarla cobrando si ese impagador vuelve a tener propiedades o cuentas bancarias. Pero el caso de las entidades financieras, que afecta al 7% de las comunidades, se trata de clara insolidaridad e irresponsabilidad social.



FUENTE: EL PERIÓDICO


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